Lic. Axel Romero
Director de Bufete Popular, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
El término Bufete Popular, lo habremos oído en muchas ocasiones dado que es en Guatemala y específicamente dentro de nuestra Universidad una institución al servicio de los estudiantes para la realización de sus prácticas y un centro de prestación de servicios legales gratuitos para personas de escasos recursos económicos, donde reciben apoyo legal para la solución en la vía directa a través de la aplicación de métodos alternos para solución de conflictos o si es necesario por la vía judicial a sus problemas generalmente familiares, laborales o de otras materias.
El Bufete Popular, como institución adscrita a una facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, con los fines que tiene nuestro bufete, es una figura típica de nuestro país, ya que he buscado en instituciones educativas dedicadas a la formación de abogados en el extranjero, una institución similar y no la he encontrado. Otras universidades cuentan con centros de práctica para sus estudiantes, pero su función no es similar a la del Bufete Popular en Guatemala, ya que les falta el elemento social de apoyo a personas de escasos recursos económicos.
En la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar, el Bufete Popular fue creado en el año 1966 y desde entonces ha prestado sus servicios al público, de tal forma que en medios populares, la Universidad es conocida por los servicios que ha prodigado a personas de escasos recursos económicos, siendo el medio que les ha abierto la posibilidad de acceder a los tribunales de justicia cuando las personas carecen de capacidad de pago para contratar a un abogado particular.
Dentro de la Universidad, las funciones del Bufete Popular están normadas en dos instrumentos que regulan su funcionamiento y son a saber: a) El Reglamento de Prácticas del Bufete Popular; y b) El Instructivo de Práctica del Bufete Popular. Actualmente debido a la crisis provocada por la pandemia de COVID-19, se encuentra vigente además un instructivo extraordinario provisional para la implementación de lo dispuesto en la resolución 3-2020 de Rectoría en la práctica profesional supervisada.
El Reglamento de Práctica del Bufete Popular, aprobado por el Consejo Directivo de la Universidad Rafael Landívar el 6 de febrero de 2013 y que se encuentra vigente desde el 1 de marzo de 2013, regula el funcionamiento y la organización del Bufete Popular y da los lineamientos para la realización de la práctica profesional supervisada de los estudiantes de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, en todas sus carreras. el reglamento indica con claridad qué es para la Facultad el Bufete Popular cuando indica: “… El Bufete es el centro coordinador de la práctica profesional supervisada y proyección social de la Facultad, de la que depende académica y administrativamente.”
El Reglamento establece la obligación de realización de la práctica profesional supervisada de los estudiantes de la facultad, así como el ámbito de atención del Bufete Popular que funcionará en los campus y sedes donde la facultad tenga presencia, así como en otros lugares, localidades o entidades en donde lo disponga el Consejo de Facultad a propuesta del Consejo del Bufete. El reglamento citado, establece que los servicios prestados a los usuarios son gratuitos. Los servicios son gratuitos en lo que respecta al pago de honorarios por la dirección y procuración de la tramitación de los casos ante las entidades administrativas o judiciales en las que se diligencien los asuntos, siendo por cuenta de los usuarios el pago de los gastos que el trámite requiera, tales como pago de impuestos, multas, publicaciones, certificaciones, dictámenes de expertos, etc.
En cuanto a los servicios que ofrece el Bufete Popular a sus usuarios, el Reglamento establece que el Bufete prestará asesoría jurídica en las áreas civil, administrativa, laboral, notarial, penal y constitucional, así como servicios académicos y de pasantía en materia de investigación criminal y forense, en la forma y condiciones que el Consejo de Facultad determine, a propuesta del Consejo de Bufete. Los servicios que ofrece el bufete son prestados a los usuarios que los requieren a través de los estudiantes, quienes actúan bajo la dirección y supervisión de profesionales del derecho contratados como asesores y con el apoyo del personal administrativo del bufete, utilizando los locales y equipos del bufete.
Para la realización de la práctica por los estudiantes de las carreras de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, el Reglamento y el Instructivo de Práctica del Bufete Popular contemplan diferentes modalidades que están reguladas en ellos, así como también se señalan los requisitos académicos y administrativos que debe cumplir el estudiante para aplicar a cada una de las fases y modalidades de la Práctica Profesional Supervisada.